Ley Nº 15191

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 15191

LEY N 15191

Destinando S|. 3'000,000.00 para la organización y realización de la VI Olimpiada Nacional Universitaria a llevarse a cabo en Arequipa.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1 — Al término de los compromisos contraídos para la construcción de coliseos deportivos que se pagarán con el producto de las Leyes Nos. 14484 y 14784, destínense Tres Millones de Soles para la organización y realización de la VI Olimpiada Nacional Universitaria que se llevará a cabo en el mes de noviembre del presente año en la ciudad de Arequipa.

ARTICULO 2 — Autorícese a la Caja de Depósitos y Consignaciones para que con cargo a los rendimientos señalados en el artículo 1, adelante la suma de S|. 3'000,

000.00, al Comité Organizador de

la VI Olimpiada Nacional Univer-sitaría.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veinticuatro días del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

TEODORO BALAREZO LIZARZA-BURU, Senador Secretario.

RICARDO CAVERO EGUSQUIZA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.

FERNANDO BELAUNDE TERRYCarlos Morales Machiavello.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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