Ley Nº 15183

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 15183

LEY N 15183

Transferencias de Partidas en el Pliego de Fomento y Obras Públicas, hasta por S . 200,000.00

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Fomento y Obras

Públicas, Sub-Pliego VIII, Dirección de Irrigación, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central, en vigencia, hasta por la suma de doscientos mil soles oro (S|. 200,000. 00):

Sub-Pliego VIII, Dirección de Irrigación

De la Partida N 3.2.0. Programa

S/. 200,000.00

S/. 200,000.00

III, Asignación N 50......

A la Partida N 4.9.0. Programa

IV, Asignación N 51, transferencia de capital al sector público para el Concejo Distrital de Ma-riatana, Provincia de Huarochirí

TOTALES...... S/. 200,000.00 S/. 200,000.00

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.

RAMIRO PRIALE, Presidente del Senado.

VICTOR FREUNDT ROSELL, Presidente de la Cámara de Diputados.

TEODORO BALAREZO LIZARZA-

BURU, Senador Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

Carlos Morales Machiavello.

RICARDO CAVERO EGUSQUIZA,

Diputado Secretario.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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