Tipo de Norma: Ley
Número: 1489
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01489Res. Leg. N9 1489
Convenio sobre la libre navegación del rio Yapusá ó Caquetá celebrado con el Brasil
Lima, 18 de noviembre de 1911,
Excmo. señor:
El Congreso, en uso de la atribución que le confiere el inciso 16 del artículo 59 de la Constitución, ha resuelto aprobar el convenio sobre la libre navegación del río Yapurá ó Caquetá, suscrito en Lima el 15 de abril 1908, entre el Excmo. señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, doctor don Solón Polo y el Excmo. señor Domicio da Gama, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de los Estados Unidos del Brasil.
Lo comunicamos á Y. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde
t/ o
á V. E.—Roberto E. Leguía, Presidente del Congreso.— Pedro Rojas Loayza. Secretario del Congreso.—julio Abel Rav-gada, Secretario del Congreso.
Al Excmo. Sr. Presidente de la República.
Lima, 28 de noviembre de 1911.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.—Rúbrica de S. E.— Leguía y Martínez.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.