Ley Nº 14696

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 14696

LEY NT 14696.

Declarando nulos toso jure, los cieno» minados Acuerdo, Convenio y Laudo

sobre La Brea y Fariñas.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Los denominados Acuerdo, Convenio y Laudo sobre La Brea y Paridas por haber violado los requisitos legales pertinentes son nulos ipso jure y no obligan a la República.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y tres.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.

FERNANDO LEON DE VIVERO,

Presidente de la Cámara de Diputados.

GUSTAVO E. LANATTA L., Senador Secretario.

LUIS F. RODRIGUEZ, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y tres.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

Carlos Pestaña Zevaflos.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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