Tipo de Norma: Ley
Número: 1463
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Administración principal de Correos en Locumba
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l.°—Elévase al rango de administración principal de correos la subprincipal de Locumba, con la siguiente dotación:
Un administrador principal Un oficial interventor...........
Un portero sirviente ............
Al mes
Al-año
Lp. 6.0.00 Lp. 72.0.00 „ 4.0.00 „ 45.0.00
0.8.00
9.6.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.