Ley Nº 1463

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1463


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 01463

LEV \9 H<¡3

Administración principal de Correos en Locumba

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana

Ha dado la ley siguiente:

Artículo l.°—Elévase al rango de administración principal de correos la subprincipal de Locumba, con la siguiente dotación:

Un administrador principal Un oficial interventor...........

Un portero sirviente ............

Al mes

Al-año

Lp. 6.0.00 Lp. 72.0.00 „ 4.0.00 „ 45.0.00

0.8.00

9.6.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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