Tipo de Norma: Ley
Número: 14590
documento PDF
14590DECRETO-LEY N9 14590
Abriendo un Crédito Suplementario por S/. 19*989,647.25, a fin de habí* litar la Partida N<\ 4, del Pliego de
Guerra.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.
POR CUANTO.
La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto—Ley:
LA JUNTA DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que a fin de regularizar el Pliego de Guerra, del Presupuesto General de la República de 1962, en
Liquidación, es necesario habilitar la Partida N9 4, de dicho Pliego, que ha tenido un mayor egreso en el mencionado ejercicio presupuestad
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 18° y 209 de la Ley Orgánica de Presupuesto N9 4598;
De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y la Dirección General del Presupuesto; y.
En uso de las facultades de que está investida;
HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:
ARTICULO UNICO.—Autorízase
al Ministerio de Hacienda y Co-
♦
inercio para abrir un Crédito Suplementario por la suma de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCIIENTINUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTISIETE SOLES ORO y VEINTICINCO CENTAVOS (S/. 19*989,647.25), a fin de habilitar la Partida N9 4 del Pliego de Guerra del presupuesto general de la República de 1962, en Liquidación, destinada al pago de a-slgnaciones.
Este crédito será financiado con cargo a los recursos señalados para
cubrir el déficit presupuestal dei año 1962.
Dado en la Casa de Gobierno, en
Lima, a los treinta días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y tres.
General de División, NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Presidente de Junta de Gobierno y Ministro de 3 uerra.
Vice Almirante JUAN FRANCISCO TORRES MATOS, Presidente
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.