Tipo de Norma: Ley
Número: 14587
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14587DECRETO-LEY N< 14587
Efectuando transferencias de partidas en el Pliego de Salud Pública,
hasta por S/. 02,071,84
EL PRESIDENTE DE LA JUN-TA DE GOBIERNO.
POR CUANTO:
La Junta de Gobierno "ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA DE GOBIERNO-
CONSIDERANDO:
Que la ejecución presupuestal de 1962, arroja en el Pliego de Salud
Pública y Asistencia Social, mayores gastos en unas partidas y menores en otras;
Que es necesario proceder a la re-gularización de dichos mayores gastos, utilizando las economías del propio Pliego hasta el límite que ellas alcancen;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Presupuesto N 4598:
De la Partida N 60, Cap. I, . ..
De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y la Dirección General del Presupuesto; y,
En uso de las facultades de que está investida;
HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:
ARTICULO UNICO.—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Salud Pública y Asistencia Social, del Presupuesto General de la República de 1962, en Liquidación, hasta por la suma de SESENTIDOS MIL SETENTIUN SOLES ORO Y OCHENTICUATRO C E NTAVOS (S¡. 62,071.84):
S|. 62,071.84
A la Partida N 228, Cap. Il, .
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.