Ley Nº 1443

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Tipo de Norma: Ley

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 01443

Res. Lefj. N.° 1L53

Indulto del reo Ricardo II. del Río

Lima, 28 de octubre de 1911. Excmo. señor:

El Congreso, en uso de la atribución que le confiere el inciso 19 del artículo 59 de la Constitución, ha resuelto índul-

é

tar al reo Ricardo Ií. del Río, del tiempo que le falta partí cumplir su condena.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines,—Dios guarde á Y. E.— Agustín Tovar, Presidente del Senado.—Roberto E. Leguía,Diputado Presidente.—Pedro Roj¿is Loayza, Senador Secretario.—Julio Abel Raygada, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 4 de noviembre de 1911.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.—Rúbrica de S. E. —Ganoza.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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