Ley Nº 14417

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 14417

DECRETO-LEY N° 14417

Abriendo un Crédito Suplementario por S/- 10*70(1.000.00, a fin de habí*

litar partida» del Pliego de Gobierno

y Policía.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.

POR CUANTO;

La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA DE GOBIERNO.

CONSIDERANDO;

Que han resultado insuficientes las sumas asignadas a las Partidas No. 69, “Para atender a los gastos de movilidad del personal de Jefes, Oficiales, Tropa del Ramo y de los familiares de la Fuerzas del Ramo cuando sean trasladados de un lugar a otro por asuntos del servicio"; N9 86 “Para la gratificación correspondiente a comisiones del personal de las Fuerzas del Ramo, según escala”; N9 114, “Para impresiones y publicaciones en el Ramo de Policía, Dirección de Sanidad de Policía, Hospital Central de Policía, Dirección de Policía de Investigaciones y Dirección de la Guardia Republicana"; N9 121, “Para el servicio de alumbrado de las dependencias del Ministerio y

Casino de Policía”; N9 123, “Para el servicio telefónico en el Ramo de Gobierno, incluyendo el Palacio de Gobierno"; N9 124, “Para el servicio telefónico de las Fuerzas del Ramo"; N9 167, “Para la conservación y sostenimiento de vehículos motorizados y reparación de los mismos en el Ramo de Policía" y N9 194, “Para abonar el flete del material de las Fuerzas del Ramo”; del Pliego de Gobierno y Policía, del Presupuesto General de la República de 1962, en Liquidación;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 189 y 209 de la Ley Orgánica de Presupuesto N9 4598;

De acuerdo con lo informado por la Contra loria General de la República y la Dirección General del Presupuesto; y

En uso de las facultades de que está investida;

HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para abrir un Crédito Suplementario por la suma de DIEZ MILLONES SETECIENTOS MIL SOLES ORO (S/. 10700,000.00), a fin de habilitar las siguientes partidas del Pliego de Gobierno y Policía, del Presupuesto General de la República de 1962, en Liquidación:

A la Partida N9

69, .

99 *> 9*

+ 9

86, .

n fi tJ

► r

114, .

*» n

1 *

121, .

91 71

123, .

91 91 fl

**

124, . ,

1) 19 t»

u

167, ..

19 11 91

194, .

TOTAL

S/,

2’500,000.00

19

3 T 00,000.00

99

300,000.00

'ti

r 300,000.00

19

600,000.00

99

900,000.00

ft

1700,000.00

99

300,000.00

s/.

10700.000.00

Este crédito será cubierto con cargo a los recursos señalados para cubrir el previsto déficit presupuesta! del año 1962.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de marzo de mil novecientos sesentD trés.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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