Tipo de Norma: Ley
Número: 14381
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14381DECRETO LEY N« 14381
Efectuando transferencias de parü. tías en el Pliego de Hacienda y Co. mercio, hasta por S/„ 670,000.0b
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO
POR CUANTO;
La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que han resultado insuficientes tas sumas asignadas a las Partidas No. 46, "Para gratificar con dos sueldos a los servidores del Ramo que cumplen veinticinco años de servicios" y No, 58 "Para subsidios por gustos de luto de los familiares de los servidores del Ramo que fallezcan", del Capítulo I; No. 64, "Para la adquisición de útiles de aseo’ y No, 72, "Para la adquisición de libros, revistas, folletos, memorias y suscripción de toda clase de publicaciones hacendarías", det Capitulo II; No, 125, "Para loa gastos Imprevistos del Ramo", del
Capitulo IV, del Pliego de Hacienda y Comercio, del Presupuesto General de la República de 1962, en Liquidación:
Que en cambio la Partida N 136, Capitulo V, del mismo Pliego y Presupuesto, dispone de saldo de libre aplicación que no va a ser utilizado;
Do conformidad con la dispuesto en el Artículo Í79 de la Ley OrgA. nica de Presupuesto No. 4598;
De acuerdo con lo informado por la Contraharía General de la República y la Dirección General del Presupuesto; y,
En uso de las facultades de que está investida;
HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE;
ARTICULO UNICO,-Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar las siguientes transferencias de partidas en su Pliego, del Presupuesto General de la República de 1962, en Liquidación, hasta por la suma de SEISCIENTOS SETENTA MIL SOLES ORO (Sj. 670,000.00):
De la Partida N* 136, Cap. V, . . S/. 670,000.00
A la
Partida N*
46^ (Li3jp# I* 4 «
V*
50,000.00
58, Cap. I, . .
ti
50,000.00
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64, Cap. II, . .
11
50,000.00
72, Cap. II, . .
99
20,000.00
71 IV
1 ti
125, Cap. IV, . .
19
500,000.00
TOTALES: S/. 670,000.00
s/.
670,000.00
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete dias del mes de enero de mil novecientos sosen-titrés.
General de División RICARDO PEREZ GODOY, Presidente de la Junta de Gobierno.
General de División NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Ministro de Guerra.
Vicc-Almirante JUAN FRANCISCO TORRES MATOS, Ministro de Marina.
Teniente General PEDRO VARGAS PRADA PEIRANO, Ministro de Aeronáutica.
General de Brigada AUGUSTO VALDEZ OVIEDO, Ministro de Hacienda y Comercio.
Vice-Almirante LUIS EDGARDO LLOSA G.P., Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada GERMAN PAGADOR BLONDET, Ministro de Gobierno y Policía.
Vice-Almirantc FRANKLIN PEA SE OLIVERA. Ministro de Educación Pública.
General de Brigada MAXIMO VE-RASTEGUI IZURIETA, Ministro de
Fomento y Obras Públicas.
General de División JUAN O-RREGO AGUINAGA, Ministro de Justicia y Culto.
Mayor General JOSE GAGLIAR-DI SCHIAFFINO, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.
General de Brigada VICTOR SOLANO CASTRO, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
Mayor General ALFONSO TE-RAN BRAMBILLA, Ministro de A-gricultura.
POR TANTO:
Mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Lima, 17 de Enero de 1963.
RICARDO PEREZ GODOY NICOLAS LINDLEY LOPEZ
JUAN FRANCISCO TORRES MA. TOS.
PEDRO VARGAS PRADA PEIRA-NO.
Augusto Valdez Oviedo
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.