Tipo de Norma: Ley
Número: 14371
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14371DECRETO LEY N<> 14371
Disponiendo que las empresas quo tengan más de 100 trabajadores, de* herán contar con una dependencia que se encargue de las relaciones industriales para la atención de las cuestiones laborales
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBÍERNO
POR CUANTO:
La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley;
LA JUNTA DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que es necesario promover y generalizar la aplicación de las técnicas modernas tendientes al mantenimiento y fomento de la armonía entre empleadores y trabajadores;
Que se viene observando deficiencias en la atención de los asuntos laborales, en los centros de trabajo que cuentan con numerosos servidores, por carecer de un servicio adecuado y permanente de relaciones industriales;
Estando a lo recomendado por la Mesa Redonda de Relaciones Industriales convocada por Resolución
ARTICULO 4’—Los miradores de este Decreto-Ley serán pasibles de las sanciones previstas por las disposiciones laborales vigentes.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce dias del mes de Enero de mil novecientos sesenti-tres.
General de División RICARDO PEREZ GODOY, Presidente de la Junta de Gobierno.
General de División NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Guerra.
Vice-Almirante JUAN FRANCISCO TORRES MATOS, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Marina.
Teniente General PEDRO VARGAS PRADA, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante LUIS EDGARDO LLOSA G.P„ Ministro de Relaciones Exteriores,
General de Brigada GERMAN PAGADOR BLONDET, Ministro de Gobierno y Policía.
General de División JUAN ORRE-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.