Ley Nº 1421

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Tipo de Norma: Ley

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 01421

Res. Leg. X 1421

Commemoración del centenario de la sublevación encabezada en Huánuco por don Juan José Crespo y Castilla

Lima, 30 de setiembre de 1911. Excmo. señor:

El Congreso ha resuelto consignar en el pliego extraordinario de Fomento la suma de tres mil libras oro, destinadas á conmemorar el centenario de la sublevación de 12 de febrero de 1812, encabezada en Huánuco por el regidor de su ayuntamiento don Juan José Crespo y Castilla.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á Y, E.—Agustín Tovar, Presidente del Senado.—Roberto E. Leguía,Diputado Presidente.—Pedro Pojas Loaiza, Senador Secretario.-—Arturo Rubio, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presiden te de la República.

Lima, 9 de octubre de 1911.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese, pu-blíquese y archívese.—Rúbrica de S. E.— Torre González.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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