Ley Nº 14090

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Número: 14090


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 14090

LEY N9 14090

Creando un Colegio Nacional de Según-da Enseñanza para Varones, en la ciudad de San Miguel, Provincia de Hual

gayoc.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente;

ARTICULO l9 — Créase un Colegio Nacional de Segunda Enseñanza para Varones, en la ciudad de San Miguel, capital del Distrito del mismo nombre, de ía Provincia de Hualgayoc, del Departamento de Caj amarca.

ARTICULO 29— El Colegio Nacional que se crea por la presente ley impartirá la Instrucción Secundaria Común solamente hasta el Tercer Año, o sea el

Primer Ciclo Secundario.

ARTICULO 3* — Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para su instalación y funcionamiento.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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