Ley Nº 1400

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 1400

Tipo de Norma: Ley

Número: 1400


Visualización de la norma: Ley 1400



Descargar Ley 1400 en PDF -

documento PDF

 01400

LEY N® 1400

Ciudad de Miraflores

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso lia dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Elévase á la categoría de ciudad la villa de Miraflores, de la provincia de Lima.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los treinta y un días del mes de agosto de mil novecientos once.— Agustín Tovar, Presidente del Senado. —Roberto E. Leguía, Presidente de la-H. Cámara de Diputados.—MiguelEche-nique, Senador Secretario.—Arturo Rubio, Secretario déla H. Cámara de Diputados.

Ai Excmo. Sr. Presidente déla República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los cuatro días del mes de setiembre imil novecientos once —A. B. Leguía *—

/. de D. Salazar O.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos