Tipo de Norma: Ley
Número: 13730
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13730LEY N9 13730
Creando el Distrito de Pomaeaneha, en la Provincia de Jauja, del Departamento de Junín.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1°_Créase el Distrito de
Pomaeaneha, en la Provincia de Jauja, del Departamento de Junín, cuya capital será el pueblo del mismo nombre.
ARTICULO 2°_El Distrito de Poma-
cancha estará integrado, además del pueblo de su nombre, por los anexos de Armonía, Quishuarcancha y Cachi- Cachi.
ARTICULO o9—Los límites del nuevo Distrito serán los siguientes: por el Norte, el Distrito de Paccha;. por el Este. el Distrito de Marco; por el Sureste, el Distrito de Tunanmarca; por el Sur, el Distrito de Masma; y por el Oeste, la Comunidad de Tarmatambo.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los siete días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y uno.
ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.
ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.
ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.
CESAREO VIDALON, Senador Secretario.
ALEJANDRO NIÑO DE GUZMAN,
Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de noviembre de mil novecientos sesentiuno.
MANUEL PRADO.
RICARDO ELIAS APARICIO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.