Ley Nº 13669

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 13669

LEY N" 13GG9

Autorizando al Concejo Provincial de Chiclayo, venda a fus actuales ocupan tes las casas de propiedad municipal, ubicadas en la Urbanización “Villa del Sol”, de la ciudad de Chiclayo

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

Ei Congreso lia dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Autorízase al Concejo Provincial de Chiclayo, para que venda en forma directa a sus actuales ocupantes, las casas de propiedad municipal, ubicadas en la Urbanización “Villa del Sol” de la ciudad de Chiclayo, en mérito de los contratos que tiene ce* lebrados.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de noviembre de mil no vecientos cincuentinueve.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

JAVIER ORTIZ DE ZE VALEOS, Presidente de la Cámara de Diputados.

PEDRO A. DEL AGUILA HIDALGO, Senador Secretario.

MANUEL B. MONTESINOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a lo3 catorce d;as del mes de Julio de mil novecientos sesentiuno.

MANUEL PRADO.

RICARDO ELIAS APARICIO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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