Ley Nº 13535

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 13535

LEY N° 13535

Creando en la ciudad de Barranca, provincia de Chancay, del Departamento de Lima, un Colegio Nacional Mixto de E-

ducación Secundaria.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO I9-— Créase en la ciudad de Barranca, de la Provincia de Chan-eay, del Departamento de Lima, un Colegio Nacional Mixto de Educación Se eundaria. el mismo que funcionará con el ciclo básico.

ARTICULO 2° —- Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para su funcionamiento.

ARTICULO 3"— El Ministerio de E-ducación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación,

Casa del Congreso en Lima, a los veintiocho días del mes de febrero de mil novecientos sesentiuno.

ALBERTO ARCA PARRO, Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.

EDUARDO BATTIFORA VILLA, Senador Secretario.

ESTEBAN HIDALGO SANTILLAN, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de marzo de mil novecientos sesentiuno.

MANUEL PRADO.

ALFREDO PARRA CARREÑO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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