Ley Nº 13493

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Número: 13493


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 13493

LEY N9 1349S

Autorizando ai Poder Ejecutivo, para que por intermedio del Ministerio de Agricultura, venda directamente los lotes de terreno que fuercen expropiados a la Sociedad Cooperativa Colonizadora del Perú I.imitada ‘'Colonia de Puñizás”, del Distrito de La Merced, de la Provin cia de Turnia, del Departamento de Ju-

nín

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente;

ARTICULO l9— Autorízase al Poder Ejecutivo, para que por intermedio del Ministerio de Agricultura, pueda vender, directamente, sin el requisito de la subasta pública, los lotes de terreno de propiedad del Estado, que fueron expropiados a la Sociedad Cooperativa Colonizadora del Perú Limitada “Colonia de Puñizás”, ubicados en las márgenes del río Puñizás, del Distrito de La Merced, de la Provincia de Tarma, del Departamento de Junín.

ARTICULO 29— Tendrán preferencia en la venta de los lotes de terreno:

a) -—Los actuales ocupantes que acrediten posesión y cultivos de más de un año; y

b) ,—Los que hayan solicitado su compra al Estado con anterioridad al 31 de diciembre de 1953.

ARTICULO 39— Las ventas se efectuarán sólo a razón de un lote por per sona natural o jurídica. Es requisito indispensable para adquirir un lote, demostrar previamente, que no se posee otro lote en la misma zona, adquirido por denuncio.

ARTICULO 4 9 — Quedan reservados por el Estado, los lotes números ocho y euarenticuatro para los programas de experimentación, demostración y fomento agrícola por el Ministerio de A-gricultura.

ARTICULO — El lote número diecisiete se destinará a la fundación del centro poblado de Puñizás, encargándose el estudio a la Oficina de Planeamiento v Urbanismo del Ministerio de Fomen

i'*

to y Obras Públicas.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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