Ley Nº 1317

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Tipo de Norma: Ley

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 01317

Res. Leg. N 1317

Liberación de derechos á cascos de cuero importados por la Compañía de Bomberos Roma N 9 |

Lima, 14 de noviembre de 1910.

Excmo. señor:

El Congreso ha resuelto liberar de derechos de aduana á los cuarenta cascos de cuero importados por la compañía de bomberos “Boma” N,° 1 de esta capital, para el uso del personal de la misma.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E. —Anteko Aspíllaga, Presidente del Senado.— Antonio Ajinó Quesada. Presidente de la Cámara de Diputados, -—Juan C. Peralta, Secretario del Senado. Clemente J. Revilla, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 15 de noviembre de 1910.

Cúmplase, comuniqúese, publíquese y archívese.—Rúbrica deS. Y.-Oyauguren.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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