Ley Nº 12912

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 12912

Tipo de Norma: Ley

Número: 12912


Visualización de la norma: Ley 12912



Descargar Ley 12912 en PDF -

documento PDF

 12912

RESOLUCION LEGISLATIVA

N9 12912

Ascendiendo a la Clase de Coronel de Artillería al Teniente Coronel de la misma arma, don Tomás Berenguel

Burgos.

Lima, 31 de enero de 1958.

Señor:

El Congreso, en vista de la propuesta del Poder Ejecutivo, en uso de las facultades que le confiere el inciso 139 del artículo 1239 de la Constitución Política del Estado y de conformidad con

el artículo 549 de la Ley N9 12355, ha resuelto ascender a la Clase de Coronel de Artillería, a) Teniente Coronel de la misma Arma, don Tomás Berenguel

Burgos, con fecha l9 de febrero de 1958, de acuerdo con el artículo 559 de la Ley de Ascensos.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a usted.

ENRIQUE TORRES BELON, Presidente del Senado.

CARLOS A. LEDGARD, Presidente de la Cámara de Diputados.

JORGE EUGENIO CASTAÑEDA,

Senador Secretario.

HERNAN MONSANTE RUBIO, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Lima, lo. de febrero ele 1958.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, jublíquese y archívese.

MANUEL PRADO.

JEN ERAL ALEJANDRO CUADRA R.

*



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos