Tipo de Norma: Ley
Número: 12859
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12859LEY N9 12859
Creando un Colegio Nacional de Según da Enseñanza en la Provincia de Huan cañé, del Departamento de Puno.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9 — Créase un Colegie Nacional de Segunda Enseñanza en k Provincia de Huancanó, del Departamen to de Puno.
ARTICULO 29 — Consígnese en e Presupuesto General de la República la: partidas necesarias para su funciona miento.
Artículo 39—El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos cincuentisiete.
ENRIQUE TORRES BELON, Presidente del Senado.
CARLOS A. LEDGARD, Presidente de la Cámara de Diputados.
JORGE EUGENIO CASTAÑEDA, Senador Secretario.
HERNAN MONSANTE RUBIO, Di* putado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre de mil novecientos cincuentisiete.
MANUEL PRADO
JORGE BASADRE.
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.