Tipo de Norma: Ley
Número: 1283
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01283LEY N. 1283
Esta ley, promulgada por el Ministerio de Guerra, el 15 de abril último, tiene carácter reservado.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.