Ley Nº 12399

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 12399

LEY N9 12399

Mandando erigir etn el Cementerio Pre-bístero Maestro de Lima, una Cripta que guarde ios restos de los que actuaron en defensa de la soberanía nacional en el combate del 2 de Mayo de 1866.

EL PRESIDENTE DE LA REPU. BLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1*—Eríjase en el Cementerio Presbítero Maestro de Lima, una

Cripta que guarde los restos de los que actuaron en defensa de la soberanía nacional en el combate del 2 de Mayo do 1866.

ARTICULO 29—Encárgase al Ministerio de Guerra el nombramiento cíe una Comisión que califique a los comba tienteá merecedores de que sus reliquias se guarden en la Cripta mencionada,

ARTICULO 39—El Poder Ejecutivo queda encargado del cumplimiento de esta ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de setiembre de mil novecientos cincuenticinco

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

EDUARDO MIRANDA SOUSA, Presidente de la Cámara de Diputados.

E. FONTCUBERTA, Senador Secretario.

F. CARRION MATOS, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República,

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de Octubre de mil novecientos cincuenticinco.

MANUEL A. ODRIA.

E. INDACO CHE A G.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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