Tipo de Norma: Ley
Número: 12370
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 12370LEY N9 12370
Autorizando al Poder Ejecutivo para el establecimiento de urbanizaciones de tipo popular y para construcción y venta de casas de bajo costo, con cuyo fin se destinarán terrenos de propiedad fiscal, se fomentará la constitución dle empresas y se otorgarán1 exoneraciones tributarias. Igualmente, se autoriza la contratación de empréstitos con el objeto indicado.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9—Autorízase al Poder Ejecutivo para adoptar las medidas necesarias para el establecimiento de urbanizaciones de tipo popular y para construcción y venta de las correspon-
m
dientes casas de bajo costo, a fin de contribuir a la más rápida solución del problema de la vivienda que confrontan empleados y obreros.
ARTICULO 29—Con el objeto indica-
y
do en el artículo anterior, el Poder Ejecutivo podrá:
a) .—Destinar para los propósitos indicados,. tanto los terrenos de propiedad fiscal como los que. adquiera especialmente con tal propósito;
b) .—Organizar o fomentar la constitución de empresas que se dediquen a tales fines; y
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.