Tipo de Norma: Ley
Número: 1217
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01217LEYES Nos. 1217 y 1218
Estas leyes, á las cuales el Ejecutivo les puso el cúmplase por el Ministerio de hacienda, en 27 de diciembre de 1909, tienen carácter reservado.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.