Ley Nº 12092

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 12092

LEY N9 12092

Mandando consonar partidas en el Presupuesto General para la implantación de los servicios de agua y desagüe pn

la ciudad de Carhuaz.

Año del Libertador Mariscal Castilla

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9—Consígnese en el Presupuesto General de la República, las partidas que sean necesarias para la implantación de los servicios de agua y desagüe en la ciudad de Carhuaz, capital de la Provincia del mismo nombre.

ARTICULO 29—El Ministerio de Fomento y Obras Públicas, queda encargado del cumplimiento de esta ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos cincuentitres.

JULIO DE LA PIEDRA. Presidente del Senado.

i

J. M. PEÑA, Presidente de la Cenara de Diputados.

ALBERTO ARISPE, Senador Secretario.

R. REVOREDO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de abril de mil novecientos cincuenticuatro.

MANUEL A. ODRIA.

EDUARDO MIRANDA SOUSA.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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