Ley Nº 1203

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1203


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 01203

Res. Leg. N.° 1203

Liberación de derechos á una imagen para el culto

en Carhuaz

Lima, 30 (le noviembre de 1900. Excmo. Señor:

El Congreso ha resuelto exonerar del pago de derechos de importación, una

imagen del Corazón de Jesús, encargada por la asociación “Hijas del Corazón de Jesús de Carhuaz.”

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde a Y. E.—Anteko Aspíllaga, Presidente del Senado—Vidal MOROTE, 2.° Vicedente de la Ti. Cámara de Diputados.— Sevcriano Bezada, Senador Secretario.— Clemente J.Revilla, Diputado Secretario.

Al Excmo. señor Presidente de la República.

Lima, 4 de diciembre de 1909.

Cúmplase, archívese. —

comuniqúese, publíquese y Rúbrica de S. E.—Porero.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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