Tipo de Norma: Ley
Número: 119
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00119LEY No. 119 Predios
de Tacna 7 Mcqnegna
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLIC A
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Art. 1,°— Exceptúase del pago de predios por el año de 1906 á los propietarios de los distritos dellabaya y Locum-ba, en la provincia de Tacna; de los pueblos de Cairani, Camilaca, Huanuará y
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.