Tipo de Norma: Ley
Número: 11865
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11865LEY N* 11865
Ampliando la Ley N° 9982. en el sentido de erigir un monumento en la ciudad de Tacna al Contralmirante D. Miguel Grau y un monumento en la ciudad de Tarata ai Coronel D. Gregorio Albarracín; y mandando consignar las partidas correspondientes en el Presupuesto General.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO lo.—Amplíase la Ley No. 9982, en el sentido de erigir un monumento en la ciudad de Tacna al Contralmirante D. Miguel Grau y un monumento en la ciudad de Tarata al Coronel D. Gregorio Albarracín.
ARTICULO 2o.—Consígnese en el Presupuesto General de la República las partidas correspondientes para Ja ejecución de las obras a que se refiere la Ley No. 9982 y la presente.
ARTICULO 3o.—El Ministerio de Fomento y Obras Públicas queda encargado del cumplimiento de la Ley No. 9982 y de la presente, a fin de que los monumentos indicados se inauguren en agosto de 1954, con motivo del 25o. Aniversario de la Reincorporación de Tacna al Perú.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, pa-a su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos cincuentidós.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario .
M. ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre de mil novecientos cincuentidós.
MANUEL A, ODRIA.
EDUARDO MIRANDA SOUSA.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.