Ley Nº 11751

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 11751

ley N* 11751

autorizando al Concejo Provincial de £k¿dayo para vender los lotes de ierre-000 sobrantes de la Urbanización Mn-^cipal "27 de Octubre”, formada por la

“Quinta Barsallo” de su propiedad.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente :

ARTICULO lo.—Autorízase al Concejo Provincial de Chiclayo, para que venda en licitación y al contado, los lotes de los terrenos sobrantes de la Urbanización Municipal “27 de Octubre”, formada por la “Quinta Barsallo”, de su propiedad.

ARTICULO 2o.—La Inspección Técnica del Concejo lotizará las áreas sobrantes, fijará el precio base de cada lote, considerando el valor actual del inmueble y su plus-valía.

ARTICULO 3o.—El Concejo destinará el producto de la venta de los terre* nos sobrantes a la construcción del nuevo Mercado de Abastos de la ciudad de Chiclayo.

ARTICULO 4o.—Exonérase al Concejo de los impuestos que le corresponda pagar como vendedor.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para 3U promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de enero de mil novecientos cincuentidos.

HECTOR BGZA, Presidente del Senado.

C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA, Senador Secretario .

MOISES ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO;

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero de mil novecientos cincuentidos.

MANUEL A. ODRIA.

A. F. DASSO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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