Tipo de Norma: Ley
Número: 1171
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01171LEY N.° 1171
Anexando el distrito de Carhianca, en lo político y judicial, á la provincia de Cangallo
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
1:1 Congreso de la República Peruana Ha dado la ley siguiente:
Artículo único—Anéxase en lo político v judicial, y conservando sus actuales límites, el distrito de Carhuanca, de la provincia de Lucanas, en el departamento de Avacucho, á la de Cangallo del mismo departamento.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cutnpli-
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.