Tipo de Norma: Ley
Número: 11530
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11530LEY No lir,30
Elevando a la categoría de ciudad a la villa de llave, de la provincia de Chu-
cuito.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.—Elévase a la
categoría de Ciudad, a la Villa de llave, capital del distrito del mismo nombre, de la provincia de Chucuito, del Departamento de Puno.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta.
HECTOR BOZA, Presidente del Senado.
C. FERNANDEZ CONCHA, Presidente de la Cámara de Diputados.
MANUEL B.. LLOSA, Senador Secretario.
MOISES ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta.
MANUEL A. ODRIA.
RICARDO DE LA PUENTE.
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.