Ley Nº 11502

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 11502

Tipo de Norma: Ley

Número: 11502


Visualización de la norma: Ley 11502



Descargar Ley 11502 en PDF -

documento PDF

 11502

LEY N° 11502

Crédito suplementario a las partidas Nos.-2, 17, 20, 22, 27, 32, 49 y 53 del

Pliego de Guerra del Presupuesto General de 1950,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente :

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Autorízase al Poder Ejecutivo para abrir un crédito suplementario por la suma de veintiún millones seiscientos cuatro mil cuatrocientos sesentiún soles oro y setentiséis centavos (S/o. 21*604,461.76), a fin de habilitar las siguientes partidas del Pliego de Guerra del Presupuesto General de la República, en vigencia:

A

la

partida

N*

2........

2’6G0.253.44

A

la

partida

N'->

17 ....... .

634,971.92

A

la

partida

N*

20........

616,063.50

A

la

partida

N'*1

22........

445,883.72

A

la

partida

N*

27........

983,519.04

A

la

partida

N*

33........

1’298,990.98

A

la

partida

N'-1

49........

750,930.20

A

la

partida

N*

53........

14*207,848.96

Total........

.......S/o.

21*604,461.76

Este crédito será cubierto con cargo

a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente año.

Comuniqúese al Pode Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta.

HECTOR BOZA, Presidente del Senado.

C. FERNANDEZ CONCHA, Presi-

dente de la Cámara de Diputados.

MANUEL B. LLOSA, Senador Se-cretari o.

MOISES ALVAREZ AMARILLO, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta.

MANUEL A. ODRIA.

A. F. DASSO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos