Ley Nº 11470

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 11470

DECRETO-LEY No. 11470

Transferencia para habilitar la partida No. 145 del Pliego de Educación Pública del Presupuesto General de 1950.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto;

La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO Considerando:

Que la Buma asignada a la Partida No. 145, Capítulo VII, del Pliego de Educación Pública del Presupuesto General vigente, destinada para mobiliario de las escuelas de la República y oficinas del Ministerio» no basta para atender al pago de los servicios a que se haya comprometida;

Que en cambio la Partida No. 12, Capítulo I, del mismo Pliego y Presupuesto, destinada a la Impresión de Textos Escolares, tiene saldo de libre disposición ;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17o. de la Ley Orgánica de Presupuesto. No. 4598;

Estando a lo informado por la Con-traloría General de la República y la Dirección del Presupuesto; y

En uso de las facultades de que está investida;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo Unico.—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Educación Pública del Presupuesto General de la República, en vigencia, hasta por la suma de Doscientos Mil Soles Oro (S/o. 200,000.00):

De la Partida No. 12, Cap. I, a la Partida No. 145, Cap. VII S/o. 200,000.00.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de julio de mil novecientos cincuenta.

General de Brigada Zertórt Noriega, Presidente de la Junta Militar de Gobierno y Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Sal di os, Ministro de Marina.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas .

General C.A.P. José C. Villanueva Ministro de Aeronáutica.

Contralmirante Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada Emilio Pereyra Marquina, Ministro de Hacienda y Comercio .

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

Corone] Alberto León Díaz, Ministro

de Agricultura.

Teniente Coronel Augusto Romero Lovo, Ministro de Justicia y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

Teniente Coronel José del C. Cabrejo, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 18 de julio de 1950.

ZENON NORIEGA.

Emilio Pereyra M.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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