Ley Nº 11137

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 11137

DECRETO-LEY Nfl 11137

Ascendiendo a la clase de Capitán de Navio (Sanidad Naval) al Capitán de Fragata don Manuel F. VelásquezGómez Sánchez.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Las recomendaciones de la Junta d«

Selección nombrada por Resolución Suprema N" 821 de 20 de julio del presente año;

Las prescripciones reglamentaria» sobre ascensos en la Marina;

En uso de las facultades de que está investida;

Decreta:

Artículo único.—Asciéndase a ia Clase de Capitán de Navio (S, N.) p! Capitán de Fragata (S. N.) (M. C) Ma*

nuel F. Velásquez Gómez Sánchez.

Dado en la Casa de Gobierno, en Li ma, a los nueve.días del mes de setiembre de mil novecientos cuarentinueve.

General de Brigada Manuel A. O dría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.

General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Saldias, Ministro de Marina.

Capitán de Navio Ernesto Rodríguez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierño y Policía.

General de Brigada Armando Artola, Ministro de Justicia y Trabaja.

Coronel Emilio Pereyra Marquina,

Ministro de Hacienda y Comercio,

Teniente Coronel José del C, Cabrejo, Ministro de Fomento y Obras Públicas

Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General C, A. P. José C, Villanueva, Ministro de Aeronáutica.

Teniente Coronel Alberto León Díaz, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima*, a los nueve días del mes de setiembre de mil .novecientos cuarentinueve.

MANUEL A. ODRIA*

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Roque A* Baldías.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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