Tipo de Norma: Ley
Número: 10756
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10756LEY N9 10756.
Aclarando la Ley N9 10322, en el sentido de que quedan comprendidos dentro de sus beneficios los maestros que han prestado 25 años de servicios en la enseñanza particular y oficial conjuntamente.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado Ta ley siguiente:Artículo único.-— Aclarase la ley N9
10322 en el sentido de que puedan com-prendidos dentro de sus be leficios los maestros que han prestado 25 años de servicios en la enseñanza parnculai y oficial conjuntamente.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los ocho días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y siete.
José Gálvez, Presidente del Senado.
Gmo. Luna Cardando 1 er Vice-Presi-dente de la Cámara de Diputados.
L. F. Ganoza Chopitea, Senador Se-:retario.
J. A. Haya de la Torre, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y siete.
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J. L. BUSTAMANTE.
C. de Losada.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.