Ley Nº 107

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 107

Tipo de Norma: Ley

Número: 107


Visualización de la norma: Ley 107



Descargar Ley 107 en PDF -

documento PDF

 00107

LEY No, 107 Biblioteca de Tropillo

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha ciado la ley siguiente:

El Congresfj de la República Peruana.

Ha dado la le\r siguiente:

Artículo único. Votase en el presupuesto general de la República, por una sola vez, la cantidad de cuatrocientas libras oro, para comprar un local que se destinará exclusivamente al servicio de la biblioteca popular que sostiene la sociedad del Carmen de Trujillo; debiendo el Estado reasumir la propiedad del inmueble que se adquiera, en el caso que dejara de subsistir el mencionado establecimiento público.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones deí Congreso, en Lima, á los 20 días del mes de octubre de 1905.— M. Irigoyen, Presidente del Senado.—Antonio Miró Que-sada, Diputado Presidente. — Víctor Castro Iglesias, Secretario del Senado. Fermín Málaga Santolalla, Secretario de la Cámara de Diputados.

Excmo. señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento. — Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los 10 días del mes de noviembre de 1905.—-losé Pardo—Jorge Polar.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos