Ley Nº 10498

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 10498

LEY N9 10498

Disponiendo que sean empozados en la Oaja de Depósitos y Consignaciones los saldos sin aplicación de la partida IM9 160 del Pliego de Fomento del Presupuesto General de 1945, para emplearlos en la instalación de una planta eléctrica en Cascas

FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente del Congreso.

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo para empozar en la Caja de Depósitos y Consignaciones, Departamento de Recaudación, los saldos sin ^aplicación de la partida N° 160, del ■Pliego de Fomento y Obras Públicas, del Presupuesto General de la República de 1945, para destinarlos en ia instalación de una planta eléctrica en

Cascas.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintitrés días del mes de enero de mil

4. “ *

novecientos cuarenta y seis.

J. E. Portugal, 29 Vice—Presidente del Senado.

Fernando León de Vivero, Presidente de la Cámara de Diputados.

Alcides Spelucín, Senador Secretario.

Carlos Manuel Cox, Diputado Secretario .

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Hacienda y Comercio, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y seis. .

F. León de Vivera, Presidente del Congreso.

Alcides Spelucín, Senador Secretario del Congreso.

Carlos Manuel Cox, Diputado Secre-rio del Congreso.

Lima, 30 de marzo de 1946.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.

M. Vásquez Díaz.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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