Ley Nº 10469

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 10469

LEY Y9 10469.

mandando depositar en !a Caja de Depósitos y Consignaciones ei saldo de !a partida N9 70 del Pliego de Fomento del Presupuesto General de 1S45.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA.

Ha dado la lev siguiente:

Artículo I9—Deposítese en la Caja de Depósitos y Consignaciones el saldo de la partida N9 70 del Pliego de Fomento y Obras Públicas, consignado en el Presupuesto General de la República del año 1945.

Artículo 29—Autorízase a la Caja de Depósitos y Consignaciones para que haga entrega de la suma que se consigne conforme al artículo l9, al Ministerio de Fomento v Obras Públicas.

Artículo 3—El Ministerio de Fomento y Obras Públicas, invertirá la cantidad que por esta ley se pone a

Su disposición, exclusivamente en la

construcción de una carretera a las rui-

*

nas de Machupicchu.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, Para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y seis.

José Gálvez, Presidente del Senado.

F. León de Vivero, Presidente de la Cámara de Diputados.

Aicídes Spelucín, Senador Secretario.

Garlos Manuel Cox, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes d(e marzo de mil novecientos cuarenta y seis.

J. L. BUSTAMANTE.

César Elias.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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