Tipo de Norma: Ley
Número: 10243
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10243LEY N9 10243
Derogando la Ley N° 10145, que disponía que los bienes adquiridos a título hereditario no estaban afectos a responsabilidad por delitos contra el patrimonio del Estado.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuautu;
El Congreso ha dado la lev siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
José Gálvez, Presidente del Senado.
F. León de Vivero, Presidente de la Cámara de Diputados.
Alcides Spelucín, Senador Secretario.
Carlos Manuel Cox, Diputado Secre tario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por lanío: mando se publique y cumpla.
Gobierno, en bidet mes de se-
Sen los eneren la v
Dado en la Casa de mu. a ios veinte días tiembre de mil nover
Artículo único.—Derógase le Lev N9
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10145, de treinta de diciembre de 1944.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, n los diecinueve días del mes de setiembre de mil novecientos ruarenla v cinco.
cinco.
J. L. BUSTAMANTE.
L. Alayza P. S.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.