Ley Nº 10177

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Número: 10177


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 10177

LEY N* 10177

Elevando a la categoría de pueblo el caserío de Poroche, del distrito de Pampas

de la provincia de Yauyos.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso lia dado la ley .-«¿guíente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

ría dado la ley siguiente:

. >

Artículo único.—Elévase a la categoría de Pueblo el caserío de Poroclie, perteneciente al distrito de Pampas, de la provincia de Yauyos, del departamento de Lima.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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