Tipo de Norma: Ley
Número: 10142
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10142LEY N9 10142
Modificando la Ley N9 4078, en el sentido de que la pensión mínima de invalidez
será de cien soles oro.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l9—Modifícase el artículo l9 de la ley N9 4078, en los términos
siguientes: “La pensión mínima de invalidez, cualquiera que sea la clase y si-
rlnmnifirarln. sera do
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.