Tipo de Norma: Ley
Número: 10027
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10027LEY N9 10027
Elevando al rango de ciudad Jas villas de San Ignacio y Bellavista, de la provincia de Jaén.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso lia dado ía ley siguiente.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Elévanse al rango de ciudad las villas de San Ignacio y Bellavista, capitales de los distritos de sus
nombres, pertenecientes a la provincia
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.