Tipo de Norma: Ley
Número: 10011
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10011LEY N9 10,01 I
Creando el distrito de San Antonio de Chuca, en la provincia de CaylJoma.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l9—Créase el distrito de San Antonio de Chuca, en la provincia de Cavlloma, del departamento de Arequipa, que tendrá por capital el pueblo del mismo nombre.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.