Norma: Ley
Deróganse las Leyes Nºs. 6871, 8439, 10239, 11772, 12015, 13790, 13842, los Decretos Leyes Nº 18003, 21116 excepto su Artículo 4, Leyes Nºs. 23707, 25223, Decreto Supremo Nº 015-91-TR, así como todas las disposiciones legales sobre compensación por tiempo de servicios, salvo lo establecido en las disposiciones transitorias de este Decreto Legislativo en tanto se apliquen. (Quinta Disposición Final)
Fecha: 24 de Julio de 1991
En el gobierno del presidente Alberto Fujimori Fujimori
Ver Ley núm. 6871
PDF Ley núm. 6871Ver Decreto Legislativo núm. 650
PDF Decreto Legislativo núm. 650Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)