Norma: Ley
Derogánse los artículos 4º y 5º de la Ley Nº 2938, la Ley Nº 4464, y todas las disposiciones que se opongan a la presente ley. (Artículo 4º)
Fecha: 13 de Setiembre de 1961
En el gobierno del presidente Manuel Prado y Ugarteche
Ver Ley núm. 4464
PDF Ley núm. 4464Ver Ley núm.13658
PDF Ley núm.13658Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)