Ley núm. 4464

Anulando las rebajas y concesiones otorgadas por las empresas de ferrocarriles a determinadas personas.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº núm.13658

Derogánse los artículos 4º y 5º de la Ley Nº 2938, la Ley Nº 4464, y todas las disposiciones que se opongan a la presente ley. (Artículo 4º)

Fecha: 13 de Setiembre de 1961

En el gobierno del presidente Manuel Prado y Ugarteche



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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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