Ley num. 23414

El Juez o Tribunal que conoce de un proceso penal, o del delito más grave en caso de delitos conexos podrá resolver la transferencia de competencia a pedido del Ministerio Público o de oficio, previa

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 24499

Derógase la Ley Nº 23414 y todos los dispositivos que se opongan a la presente Ley. (Artículo 1º)

Fecha: 23 de Abril de 1986

En el gobierno del presidente Alan García Pérez



Ver Ley num. 23414

PDF Ley num. 23414

Ver Ley núm. 24499

PDF Ley núm. 24499

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


Este sitio usa imágenes de Depositphotos