Ley num. 15243

Comprendiendo en los beneficios de la Ley Nº 13752, a las empleadas que hayan cumplido 25 años al servicio del Poder Legislativo.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 17125

Declárese sin fuerza ni efecto legal alguno las Leyes Nº 13752 y 15243 debiendo ceñirse las cedulas de jubilación o cesantía de los empleados del Poder Legislativo a lo preceptuado en las Leyes 14991 y 15691 que con carácter general rige para los funcionarios y empleados públicos. (Artículo 3º).

Fecha: 20 de Noviembre de 1968

En el gobierno del presidente Juan Velasco Alvarado



Ver Ley num. 15243

PDF Ley num. 15243

Ver Decreto Ley núm. 17125

PDF Decreto Ley núm. 17125

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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