Ley num. 14694

Disponiendo que los Concejos de Bellavista y La Punta, estén constituídos por un Alcalde y ocho Concejales.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº núm.16152

Quedan derogados los artículos 69º, 107º y 108º de la Ley 14250, el artículo 31º de la Ley Nº 14694, el artículo 2º de la Ley Nº 15265 y todas las disposiciones que se opongan a la presente ley. (Disposición Final, Artículo 64º).

Fecha: 02 de Junio de 1966

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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