Ley num. 13907

Disponiendo que las reclamaciones de funcionarios, empleados u obreros de Hospitales, Clínicas o Centros Asistenciales sean resueltos por arbitraje, si hubiere fracasado el trato directo.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº (*)

Derógase en todos sus alcances la Ley Nº 13907 de 24 de enero de 1962, así como todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley. (Primera Disposición Final).

Fecha: 12 de Mayo de 1990

En el gobierno del presidente Alan García Pérez



Ver Ley num. 13907

PDF Ley num. 13907

Ver Ley núm. 25210 (*)

PDF Ley núm. 25210 (*)

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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